dilluns, 12 d’abril del 2021

LESBIANAS DENTRO DEL IMPERIO ROMANO

Poca información nos ha llegado sobre la vida de las lesbianas romanas. Los textos de la época las ignoran, salvo el caso de autores como Marcial o Juvenal, conocidos por su misoginia. 



La mayoría de autores eran masculinos, podían hablar de pasiones homosexuales, siempre entre hombres. En muchos casos el lesbianismo se consideraba como adulterio, aunque no está claro que esto se reflejara específicamente en las leyes. Séneca llegó a pedir la pena de muerte para las mujeres que fueran pilladas manteniendo relaciones homosexuales. 

Un ejemplo de la misoginia militante de Marcial  vemos como se vuelve mucho mas feroz cuando habla de las relaciones amorosas entre mujeres:


"Da por culo a los chavales la lesbiana Filenis y más furiosa que un marido empalmado taladra a once chavalas por día. Arremangada juega también a la pelota y se pone amarilla de polvo y las halteras pesadas para atletas hace girar con el músculo fácil, y embarrada de la hedionda palestra se somete a los golpes del monitor untado de aceite. Y no come ni se reclina antes de vomitar siete chatos de vino; a ellos piensa que puede volver, cuando ha comido dieciséis albóndigas. Después de todo esto, cuando se pone cachonda, no la mama -esto lo cree poco viril-, sino que devora por completo el sexo de las chavalas. Los dioses te concedan una mentalidad, Filenis, adaptada a ti, que crees viril lamer coños." (1)

Para Juvenal o Marcial la decadencia de la antigua fortaleza romana la consideraban causada por  la depravación de las costumbres y la pérdida del “mos maiorum”. Para ellos la depravación era la feminización masculina o la homosexualidad femenina. Que un romano tuviera amantes de su mismo sexo más joven, lo veían como virtud.

La literatura romana estaba elaborada por hombres y dirigida a ellos, no había lugar para las relaciones entre mujeres. Un ejemplo son "los Diálogos entre cortesanas", de Luciano de Somósata  narra la vida de una serie de lesbianas, incluso casadas entre ellas. Sobre esta obra Boswell señala:

"La propia actitud de Luciano puede explicar el cuadro tan estereotipado de Megila, quien parece decididamente inclinada hacia los hombres, aunque es posible que, en el Imperio, las mujeres gays adoptaran a veces una conducta estereotípica del sexo contrario de un modo que entre los hombres no se daba en absoluto. La prueba de la literatura escrita por y para hombres es un fundamento demasiado débil para formular conjeturas sobre este punto" (2)

La obra de Luciano es del siglo 2, pero el autor es griego.  Hoy sabemos que gran parte de la obra se ha ido censurando a través de las traducciones interesadas, perdiendo la naturalidad de la obra inicial.

Esta ocultación aun sigue hoy. Un famoso documental de National Geographic sobre las gladiadoras romanas señala que desconociendo cuales eran sus parejas, concluye que eran prostitutas o amantes de los gladiadores. Cualquier otra opción no aparece. La diversidad sexual y de género aun hoy es desconocida por los documentales de  National Geographic, sean de contenido zoologico o histórico. 


(2) Boswell, John, Cristianismo, tolerancia social. 

dissabte, 10 d’abril del 2021

HOMOSEXUALIDAD EN LA ALTA EDAD MEDIA



Aun hoy hay distintas posiciones sobre si realmente hubo persecución de las relaciones homosexuales en el período que va del Final del Imperio Romano a finales del siglo XIII.




Algunos códigos visigodos o leyes apócrifas atribuidas a Carlomagno señalan duras penas, pero no está claro que se aplicaran, ni tampoco el significado real, pues términos como sodomía y mucho menos homosexualidad no existían.

Boswell defiende que estas leyes en realidad iban dedicadas al poder eclesiástico. Seguramente tiene en parte razón. A pesar de los duros discursos de los padres de la iglesia Agustín de Hipona y Juan Crisóstomo, la realidad fue que tanto monjes, como eclesiásticos vivieron su vida sexual de forma bastante relajada y poco preocupados sobre problemas tan terrenales como el sexo.

El primero en dictar leyes contra las relaciones homosexuales fue el emperador Justiniano. Hombre de carácter muy supersticioso, y también ambicioso del poder eclesiástico, estas leyes no tuvieron el apoyo religioso, pues sus víctimas fueron principalmente los más poderosos obispos del país.




En Hispania los visigodos también dictaron leyes que se han señalado como homófobas. Así el concilio hispánico de Elvira, del año 305, negó la comunión, incluso en la hora de la muerte, a los hombres que habían «desflorado» efebos. Esto se ha interpretado como una ley contraria. Pero, ¿qué era un efebo legalmente a inicios del siglo IV? Boswell señala:

"Stupratoribus puerorum nec in fine dandam esse communionem" , Mansi, 2: 17. Aparentemente el concilio consideraba los catorce años como la edad mínima para el consentimiento. No está claro si el término «desvirgar» se refiere a la violación, a la seducción o a ambas. Este concilio es conocido por la severidad de sus disposiciones: fue el primero que insistió en el celibato clerical, estipuló una penitencia de tres años para las matronas que usaran ropas atractivas, negó incluso la extremaunción a los clérigos que no se divorciaran de esposas adúlteras y prohibió a los libertos hacerse clérigos en vida de sus señores (1)

Violentar a un menor ya estaba penado en las leyes romanas. Como curiosidad las penas a los clérigos "que no se divorciaran" de esposas adúlteras. Siglos más tarde Isidoro de Sevilla se enfrentaría al poder visigodo por endurecer las leyes que perseguían a judíos y homosexuales.




La prohibición a dormir juntos a monjes y monjas es de siglos posteriores, durante esta época no se le dio excesiva importancia, salvo excepciones. Los pocos textos que los radicales primeros cristianos no destruyeron estaban en los Monasterios. Y monjes y monjas se deleitaban con su lectura y copia posterior, gracias a la cual se ha salvado alguno de estos textos. Novelas como Clitofón y Leucipo fueron devoradas una y otra vez, una historia de enredos donde todos van a la cama de todos.

Pero no fue todo tan fácil, fueron siglos muy complicados. Pero los grandes predicadores estaban más preocupados en el adulterio que en la homosexualidad. Juan Damasceno recordaba que la única impunidad sexual estaba dentro del matrimonio. "Gregorio III especificaba penitencias de ciento sesenta días para actividades lésbicas y de tan solo un año para actos homosexuales entre varones. En cambio, la penitencia para un sacerdote que salía a cazar era de tres años. " (1)

Los textos que señalan a Carlomagno como autor de leyes contra las relaciones homosexuales debe ponerse en duda. Boswell señala estos textos como apócrifos. Si es cierto que el emperador señaló su preocupación por la vida en el interior de los conventos y que ello pudiera enfadar a dios, pero no hay evidencia de ninguna ley en contra de ello. Si en cambio conocemos a su más poderoso ministro el monje Alcuino de York, autor de bellos poemas de amor a otros monjes más jóvenes, mientras ideaba Aquisgrán como la Nueva Atenas, recuperando la pederastia griega como sistema educativo en esta ciudad idealizada.

...
"Una vez éramos tres, pero con un solo corazón entre nosotros.
Dos atemorizados estamos, ahora que el tercero es ido.
Voló, voló, pero la aflicción permanece;
amargo el lamento, para una cabeza tan querida".
.. (2)

(1) Boswell, JOHN. Cristianismo y tolerancia social

dimecres, 7 d’abril del 2021

DE COMO EN 1609 DOS HOMBRES FUERON EJECUTADOS POR SODOMIA EN BARCELONA

 Desde que la Inquisición tuvo competencias para perseguir la sodomía, se tardó casi 100 años en ejecutar a dos reos culpables de sodomía.



Escudo de la Inquisición. S XVIII, Girona  Museu d'Arqueologia de Catalunya.



Cuando las autoridades querían actuar contra un supuesto sodomita, debían acudir a los  fueros locales como el de Tortosa, o a las viejas leyes decretales del Papa, del siglo XIII. El emperador Carlos, deseoso de poner a su servicio a la justicia de los territorios de la Corona de Aragón, arrancó del Papa Clemente VII la bula por la que la Inquisición era competente en perseguir la sodomia en la Corona de Aragón. En Castilla las autoridades civiles eran competentes. 


Pero esta bula de 1524 señalaba que los procesos judiciales debían realizarse de conformidad con las costumbres y constituciones de cada país.(Juxta leges secuales vel municipalia statuta). La realidad fue que los casos juzgados por la Inquisición, cuando pasaban al brazo secular, este ponían pegas en validar las sentencias. Por eso apenas se ejecutó a nadie en Barcelona durante estos 300 años. 


Felipe II de Castilla intentó cambiarlo, obligando a introducir en las Constituciones de Cataluña la pena capital contra los sodomitas, pero las desavenencias entre tribunales siguieron sin variación. De hecho ni el Decreto de Nueva Planta de 1716 solucionó el conflicto, los Capitanes Generales de Catalunya no fueron proclives a las sentencias inquisitoriales.


Pero en 1609 dos hombres entregados al brazo seglar para su relajación (1)  acabaron ejecutados. A diferencia de otros casos, el Tribunal del Santo Oficio pregunta al Consell Suprem que debe hacer frente a dos casos de sodomia y un tercero de bestialismo, La respuesta fue “Qué se haga lo que la última vez”


Y a diferencia de otros casos, los tres reos y otros tres casos, fueron citados al Palacio Reial (Saló del Tinell) para dictar sentencia. Los tres primeros sufrieron sentencia de muerte y los otros tres condenas de latigazos (azotes).


Esta sentencia está en catalán, normalmente las sentencias del Santo Oficio eran en castellano, pues consideraban esta lengua la más cristiana por encima de las demás, fuera el latín o el catalán. Desde finales del siglo XV la quema de reos en Cataluña estaba prohibida, por lo que estos tres reos fueron estrangulados y luego sus restos quemados ( stranguentur et eorum corpora comburantur et in cinerres convertantur )


Uno de los reos era ermitaño, el Santo Oficio no los consideraba clérigos, por lo que las sentencias eran con la misma dureza que las demás. Era ermitaño de Santa Magdalena de Prades, Tarragona. El otro era un patrón de una galera de Nápoles, la gente del mar eran siempre presuntos sospechosos de sodomía. Los tres fueron ejecutados junto a un campesino de VIc, acusado de yacer con los caballos. 


El patrón napolitano fue acusado de acostarse con los grumetes de su galera. A estos los azotaron, él acabó pagando con su vida.Al ermitaño lo acusaron ya muy mayor, 80 años, y por actos muy antiguos de los que hubo 7 testigos: “durmiendo con el reo, se encontró que ya dormido, el ermitaño había metido su miembro por su sieso y en parte trasera, sin saber si había dejado simiente dentro”  Curiosamente se enteró muchos años después,



  1. eufemismo que significaba ejecución. 


BIBLIOGRAFÍA


Riera i Sants, Jaume. Sodomites Catalans, Editorial Base.


RUTA A LOS ORÍGENES DEL BARRIO "CHINO"